Conectar

Omitir vínculos de navegación
Inicio
Omitir vínculos de navegación
Noticias
Vocalías
Agenda
Foro
Galerías
Enlaces
Descargas
Boletín
Omitir vínculos de navegación
Presentación
Historia
Junta directiva
Asamblea
Consejo vecinal
Cursos de Formación
Contacto

Aviso Legal

acceder
recordar contraseña
registro nuevo usuario
  Estas en: Omitir vínculos de navegaciónSolidaridad > Asamblea

   
 
 
Asamblea


ARTÍCULO 16.-
  La Asamblea General es el Órgano Soberano y máximo de decisión de la Federación y estará constituida por todas las Asociaciones que la integren en la fecha de la convocatoria de la misma.

La Asamblea General estará compuesta por:

  1. A)La Junta Directiva.
  2. B)Los/las Delegados/as designados por las Asociaciones miembros.
  3. C)Representantes de las Secciones Sectoriales.
  4. Representantes de las Secciones Sectoriales.

ARTÍCULO 17.- Las Asambleas Generales, se consideran válidamente constituidas, en Primera Convocatoria, con la asistencia de la totalidad de las Asociaciones miembros o en Segunda Convocatoria treinta minutos más tarde, con la asistencia mínima de un tercio de las Asociaciones miembros.

ARTÍCULO 18.- Las Asambleas Generales tendrán carácter de ORDINARIAS  Y EXTRAORDINARIAS.

1.- Las Ordinarias se reunirán una vez al año dentro del primer trimestre, una vez que se hayan reunido en Asamblea Ordinaria todas las Asociaciones, siendo convocadas por la Junta Directiva, con un mínimo de quince días de antelación a la fecha prevista.
       
Las competencias de la Asamblea General Ordinaria son:

  1. Aprobación del informe de Gestión efectuado por la Junta Directiva.
  2. Ratificación de los Ejercicios Económicos.
  3. Aprobación de las actividades a realizar por la Federación.
  4. Aprobación de las Resoluciones que por su importancia afecten a los intereses comunes de la Federación.

2.- Las Extraordinarias se reunirán tantas veces como sea preciso, convocada por la Junta Directiva, o lo soliciten un mínimo del diez por ciento de las Asociaciones miembros.

Las Competencias de la Asamblea General Extraordinaria  son:

  1. Elección de los miembros de la Junta Directiva y Revisora de Cuentas.
  2. Aprobación o Modificación de los Estatutos o del Reglamento de Régimen Interior de la Federación.
  3. Disolver la Federación.
  4. Cualquiera otra que corresponda de acuerdo con las Leyes o Estatutos.

ARTÍCULO 19.- Tanto para las Asambleas ORDINARIAS como para las  EXTRAORDINARIAS, en  la convocatoria que se envíe, se hará constar, el lugar, la fecha y hora de celebración así como el Orden del día, acompañándose a la misma de toda la documentación a tratar en dichas Asambleas.

La comunicación se realizará por escrito y con acuse de recibo debiendo mediar un plazo mínimo de quince días entre comunicación y celebración.

Las Asambleas deliberarán y resolverán sólo los puntos que se expongan en el Orden del día, salvo que al menos un diez por ciento de las Asociaciones miembros propongan algún asunto  a tratar en el Orden del día.

 

ARTÍCULO 20.- Los acuerdos en las Asambleas Generales se tomarán:

  1. Para todas las Resoluciones, Informes y Propuestas, se necesita el voto de la MAYORÍA SIMPLE de los miembros presentes o representados, es decir, cuando los votos afirmativos superen a los negativos.
  2. Para la Modificación de los Estatutos o Disolución de la Federación el voto de MAYORÍA CUALIFICADA de los miembros presentes o representados, es decir, cuando los votos afirmativos superen la mitad.

En ambos supuestos deberán figurar expresamente, en el Orden del día que se envíe a las Asociaciones.

    • Cada Asociación podrá estar representada por Los/Las Delegados/as que debidamente acreditados por las distintas asociaciones Federadas, con la debida antelación a la celebración de la Asamblea General.
    • Todos los representantes de las Asociaciones Federadas gozarán de voz y voto en las Asambleas y los miembros de la Junta Directiva de voz únicamente.



 
  SUBIR AVISO LEGAL